domingo, 2 de marzo de 2014

A QUIEN BENEFICIA O PERJUDICA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

A quienes favorecen las medidas dispuestas por la Sentencia del Tribunal Constitucional?

A los obreros dominicanos?  No, no favorece a los obreros dominicanos porque la sentencia está dirigida a  generar la proliferación de mano de obra regulada dentro de la formalidades de contratación de la misma, así que la mayor oferta disponible presionará hacia la baja el precio de la mano de obra del mismo modo que influirá en la reducción del valor de las prestaciones sociales y económicas vigentes hoy.

A los empleadores dominicanos?  Si, al bajar los costos del empleo, favorecerá la contratación de mano de obra barata, así mismo tendrá la oportunidad de crear y registrar expedientes informativos personales. También contribuirá a presionar en el sentido de la reducción de las prestaciones laborales establecidas hasta el momento.

A los obreros extranjeros?  Si, favorecerá la formalización de los contratos de trabajo con obreros extranjeros, facilitándose permitiéndose así el facilitar su acceso a los derechos propios de las condiciones legales de su contratación, incluidos seguros médicos y demás prestaciones laborales previstas para trabajadores extranjeros y dominicanos.

A las oficinas de planificación del Estado? Si, favorecerá la organización, cálculo, registro y control ciudadano de todas las personas y su familiares, dedicados a aportar su mano de obra en los procesos económicos dominicanos para los ajustes en materia de salud, transportes, educación, alimentación, seguridad ciudadana, etc....

A nuestro sistema democrático de partidos políticos?  Si, favorecerá nuestro sistema democrático de partidos porque asegura la no intromisión fraudulenta de votantes extranjeros sin derecho a elegir ni ha ser a elegidos.

A la rentabilidad  neta de nuestro sistema económico?  Si, lo favorecerá grandemente porque la incorporación formal de la mano de obra extranjera, registrada como cotizantes, implicará un incremento de las recaudaciones totales en nuestro impuestos internos, así como el interés de trabajadores que ofrecerán mano de obra mejor calificada pero aun barata, y por tanto de más altos rendimientos para nuestro sistema de producción.

A quién perjudicará la Sentencia del Tribunal Constitucional?

A los trabajadores dominicanos desnacionalizados que sufrirán las consecuencias de la reducción del valor del paquete de prestaciones sociales y laborales conquistados hasta hoy, ya que una de las consecuencias inmediatas procuradas tras la desnacionalización de obreros por la Sentencia del Tribunal Constitucional, es la rebaja moral y rebaja de derechos en la prelación de consideraciones para el despido, al pasar a vestir el estereotipo implicado en la condición de sometido a ser extranjero o  admintido como ciudadano de segundo rango pasible de perder dicha condición bajo los efectos de algunas previsiones legalmente determinadas, quienes en caso de no lograr su admisión como nuevos ciudadanos dominicanos, no podrán volver a ejercer derechos como el de elegir y el  de ser optar para ser electos.

A los partidos políticos que gozan de las preferencias electorales entre los hijos de los migrantes extranjero, refiriéndonos de modo preciso, a aquellos descendientes de inmigrantes haitianos, los que tras las constantes alusiones denostando a José Francisco Peña Gómez por su origen haitiano supuesto, han respondido adhiriéndose cada vez mejor convencidos a la militancia o simpatía de los partidos que siguen o resaltan la memoria y las virtudes del reconocido e influyente líder político aun a pesar de haber fallecido ya, resultando ahora que muchos de los afectados ya no podrán volver a votar, salvo que pasen por el difuso proceso de la concesión de nueva ciudadanía.


Existe alguna relación entre la sentencia del Tribunal Constitucional y las demandas del empresariado que buscan eliminar las prestaciones económicas previstas en los contratos laborales?

Si, si existe. Actualmente, las condiciones laborales en las que se desenvuelven muchas empresas, especialmente aquellas que emplean gran número de obreros extranjeros haitianos, no cumplen ni sienten presión alguna para cumplir con las obligaciones previstas en el Código Laboral Dominicano dada la condición de irregularidad bajo la cual son empleados, sin embargo, una vez cumplido el proceso de regulación migratoria, las exigencias internas así como las externas al Estado Dominicano,  estarán dirigidas al cumplimiento de los compromisos laborales legales sin discriminación, de modo que para seguir aprovechando las ventajas que hasta ahora son aprovechadas bajo la condición de irregularidad migratoria, es preciso eliminar formal y legalmente la concesión de esas prestaciones que ahora simplemente son escatimadas o estafadas en vista de que los supuestos beneficiarios no cuentan con condiciones para reclamarlas.